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_erda
090 _bEDPC-08764 2020
100 1 _aPortacio Sierra, Rodrigo Rafael
_4aut
_eautor
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245 1 4 _aEl debido proceso por exceso ritual manifiesto en la valoración probatoria de las copias civiles en los procesos declarativos, estudio de caso :
_bjuzgado primero civil municipal de Sincelejo en los años 2017- 2020 /
_cRodrigo Rafael Portacio Sierra ; directora, Vanesa Alean Oviedo.
264 1 _aSincelejo :
_bCorporación Universitaria del Caribe - CECAR,
_c2020.
300 _aUn CD Rom (396 KB) :
_a28 páginas ;
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_aPDF
502 _aTrabajo de grado
_b(Especialista en Derecho Procesal Civil) --
_cCorporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Procesal Civil. Sincelejo, 2020.
510 _aÁlvarez, M. (2017). Cuestiones y opiniones. Rama Judicial. Bogotá. https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1545778/6575727/INVEST+CGP+CUESTI ONES+Y+OPINIONES+DEF.pdf/320427a7-6ffa-4377-9c25-70853e09b58b
510 _aCanosas-Suarez, U. (2017). Memoria del Congreso de Derecho Procesal XXXIII. 1151 (53) P. Instituto Colombiano de Derecho Procesal.
510 _aCódigo de Procedimiento Civil [Código]. (2015) Artículos 252,254 [Título VIII] 30ava ed. Leyer
510 _aCódigo General del Proceso [Código]. (2020) Artículos 11, 243,244 [Título Preliminar, Título Único Pruebas] 10ma ed. Leyer
510 _aConstitución Política de Colombia [Const.] (1991) Articulo 228 [Título VIII]. 2da Ed. Leyer.
510 _aCongreso de Colombia. (25 de noviembre de 1991) [Decreto 2651 de 1991] DO: 40.177
510 _aCongreso de Colombia. (08 de julio de 1998) [Ley 446 de 1998] DO: 45.963
510 _aCongreso de Colombia. (12 de julio de 2010) [Ley 1395 de 2010] DO: 47.768
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510 _aConsejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, (30 de noviembre de 2017) Sentencia 1997-12087 [CP Danilo Rojas]
510 _aCorte Constitucional, Sala Sexta, (6 de diciembre de 2001) Sentencia T-1306-2001 [MP Marco Monroy]
510 _aCorte Constitucional, Sala Quinta de Revisión, (23 de octubre de 2003) Sentencia T-974-2003 [MP Rodrigo Escobar]
510 _aCorte Constitucional, Sala Quinta de Revisión, (19 de abril de 2010) Sentencia T-268-2010 [MP Jorge Palacio]
510 _aCorte Constitucional, Sala Cuarta de Revisión, (27 de marzo de 2011) Sentencia T-213-2011 [MP Gabriel Mendoza]
510 _aCorte Constitucional, Sala Séptima de Revisión, (22 de febrero de 2007) Sentencia C-131-2007 [MP Humberto Sierra]
510 _aCorte Constitucional, Sala Plena, (12 de junio de 2019) Sentencia SU-268-2019 [MP José Reyes]
510 _aCorte Constitucional, Sala Plena, (26 de febrero de 2002) Sentencia C-131-2002 [MP Jaime Córdoba]
510 _aCorte Constitucional, Sala Plena, (16 de octubre de 2014) Sentencia SU- 774-2014 [MP Mauricio González]
510 _aCorte Constitucional, Sala Sexta de Revisión, (02 de diciembre de 2014) Sentencia T-926-2014 [MP Gloria Ortiz]
510 _aCorte Constitucional, Sala Tercera de Revisión, (12 de agosto de 2015) Sentencia T-518A-2015 [MP Luis Guerrero]
510 _aCorte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, (18 de diciembre de 2012) Sentencia 2006- 00104-01 [MP Margarita Cabello]
510 _aCorte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, (01 de diciembre de 2015) Sentencia SC16516-2015 [MP Fernando Giraldo]
510 _aCorte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, (16 de agosto de 2017) Sentencia SC12241- 2017 [MP Aroldo Quiroz]
510 _aLópez-Blanco, Fabio. (2008). Instituciones de Derecho Procesal Civil. Pruebas. Tomo III. dupré Editores. Segunda Edición. Bogotá 2008. Pg. 337
510 _aPérez-Fajardo, O. (2018). Valor probatorio de las copias simples. Agencia Nacional de Defensa del Estado, Bogotá. https://conocimientojuridico.defensajuridica.gov.co/valor-probatoriolas-copias-simples/
520 0 _aAl entrar en vigencia el código general del proceso el distrito judicial de Sucre, y en contexto al Circuito de Sincelejo, se produjo el tránsito legislativo, donde se discurría del modelo escritural a la forma oral, surgió el planteamiento general de que ocurriría con el documento, y la valoración que este tendría en el marco de un proceso declarativo, donde se daba acceso a las partes de probar con mayor facilidad, fijándose criterios sobre la autenticidad del mismo y el alcance probatorio de las copias. No obstante, romper el paradigma creado por operadores judiciales donde solo es llamado medio veraz de prueba el documento autentico, generó desequilibrio en la valoración de pruebas, donde reinó el exceso de formalismo sobre el mismo derecho sustancial, dejando a un lado el ideal de justicia ante la exigencia de formas. Por ello, era del caso analizar del 2017 a 2020, que manejo reina en los juzgados civiles municipales de Sincelejo, específicamente en el Primero Civil Municipal, a fin de lograr crear una real línea de decisiones sobre la materia, con base en los criterios que han fijado al respecto las altas Cortes. Donde se logró concluir previo a un arduo manejo bibliográfico y análisis de muestras procesales, que el derecho sustancial prevalece sobre el exceso de ritual manifiesto, no obstante, será una tarea diaria de cada funcionario y profesional del derecho, vencer los criterios que se consolidaron como malas prácticas, para que se alcance el criterio del ideal de justicia prevalente sobre cualquier ritualismo de arraigo procesal.
_cEl trabajo.
650 0 4 _aValoración de pruebas.
_946906
650 0 4 _aDerecho sustancial.
_946907
653 _aDebido proceso.
_aRitual.
_aFormalismo.
_aProcesal.
700 1 _aAlean Oviedo, Vanesa
_4dir
_edirectora
_946908
942 _2Signatura Local
_cTE
999 _c34583
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590 _aEspecialización en Derecho Procesal Civil