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100 1 _aNarváez Márquez, Alex
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245 1 0 _aResponsabilidad del estado por el conflicto armado interno /
_cAlex Narváez Márquez, Jessica Paredes Contreras y Daniel Angulo Alviz ; director, Dairo Díaz Fernández.
264 1 _aSincelejo :
_bCorporación Universitaria del Caribe - CECAR,
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502 _aTrabajo de grado
_b(Especialista en Derecho Administrativo) --
_cCorporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Administrativo. Sincelejo, 2020.
510 _aBustos-Gisbert, R. (2005) La Constitución Red: un estudio sobre supraestatalidad y Constitución. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=261416.
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510 _aConsejo de Estado. Sala de lo Contenciosos administrativo. Sección Tercera. Sentencia del 13 de julio de 1993. C.P. Juan de Dios Montes Hernández. Expediente 8163. http://legal.legis.com.co/document/Index?obra=jurcol&document=jurcol_c0a34f6662d448 fcbf96 65d5bb5afaf4
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510 _aConsejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de diciembre 5 de 2006, rad. 28.459, M.P. Ruth Stella Correa Palacio, con aclaración de voto del magistrado Mauricio Fajardo Gómez. http://www.consejodeestado.gov.co/wp-content/uploads/2014/12/CONDENAN-A-LA-POLIC%C3%8DA-POR-LESIONES-A-UNA-MUJER.pdf
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510 _aConsejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sala Plena. Sentencia del 20 de junio de 2017. C. P. Ramiro Pazos Guerrero. Rad. 18.860. http://legal.legis.com.co/document/Index?obra=jurcol&document=jurcol_4c5839de520e4 a3694177fd2da92c9f4
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510 _aQuinche, Manuel F. (2014) El Control de Convencionalidad. Editorial Temis. https://editorialtemis.com/Temis/Contenidos/09-000-0115.pdf
520 0 _aLa jurisprudencia colombiana ha reconocido la responsabilidad del Estado acorde con varios factores de imputación atribuibles a la conducta de sus agentes o entidades, haciendo referencia al fenómeno de la imputabilidad tanto fáctica como jurídica, sin que hasta el momento se haya consolidado una tesis homogénea sobre el daño antijurídico que se ocasiona en virtud de dichos comportamientos, y mucho menos cuando esos daños son ocasionados por personas ajenas al Estado. Dentro de un ordenamiento jurídico, enmarcado por nuevos parámetros de interpretación, como el bloque de constitucionalidad y el control de convencionalidad, introducidos jurisprudencialmente a raíz de la Constitución del 91, la denominada falla del servicio ha sido el calificativo jurídico de imputación que más se ha utilizado para buscar establecer la obligación del Estado, de manera tal que indemnice por las consecuencias de las acciones perpetradas por los actores del conflicto armado interno, aunque también se ha implementado a través de la teoría de la falla presunta, así como en las tesis del riesgo excepcional y del daño especial. Sin embargo, en el entendido de que el concepto de víctima del conflicto armado sólo emerge cuando los hechos sucedidos a quien alega esa calidad guardan relación directa con los protagonistas o hechos del conflicto armado interno y de que es el daño antijurídico la noción que realmente fundamenta la responsabilidad administrativa y patrimonial del Estado, la jurisprudencia ha tomado nuevas posiciones que será necesario profundizar, ahora que sabemos que el conflicto y las acciones terroristas están de vuelta.
_cEl trabajo.
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653 _aResponsabilidad administrativa.
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