El régimen probatorio en la responsabilidad del Estado por la falla del servicio médico hospitalario, a partir de la Jurisprudencia del Consejo de Estado expedida durante los años 1990 a 2018 en Colombia / Lizzeth Carolina Montes Gómez, Jorge Mario Gutiérrez Díaz y Yirlian Vergara Pérez ; directora Berónica Narváez Mercado.

Por: Montes Gómez, Lizzeth Carolina [autora]Otros autores: Gutiérrez Díaz, Jorge Mario [autor] | Vergara Pérez, Yirlian [autora] | Narváez Mercado, Berónica [directora]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Lenguaje original: Español Productor: Sincelejo : Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2019Descripción: 926 KB : 66 páginasTipo de contenido: texto Tipo de medio: computadora Tipo de portador: recurso en lineaTema(s): Responsabilidad | Daños | Falla | PruebasNota de disertación: Trabajo de grado (Especialista en Derecho Administrativo) -- Corporación Universitaria del Caribe – CECAR. Escuela de Posgrado y Educación Continua. Facultad de Derecho y Ciencias políticas, Especialización en Derecho Administrativo. Sincelejo. 2019. Resumen: La prestación del servicio médico no escapa de aquellos en los cuáles se puedan generar daños a los particulares. Todo lo contrario, la experiencia indica que es precisamente la prestación del servicio público de salud, uno de los servicios en los que se generan más daños ocasionados entre otros, por los errores de la mala práctica médica y los deficientes funcionamientos de los aparatos administrativos que dirigen el sistema. Aún con ello, curiosamente a diferencia de lo que sucede en otros temas propios de la responsabilidad estatal, la falla en la prestación de estos servicios no cuenta con una línea jurisprudencial sólida, sino que, contrario a ello, la misma se ha mostrado abiertamente cambiante. Por ello nos propusimos como objetivo general, establecer cuál es el régimen probatorio aplicable para demostrar el elemento de la falla o culpa de la administración en los eventos de responsabilidad del Estado por la falla en la prestación del servicio médico hospitalario, y cuáles son sus incidencias a partir de la jurisprudencia del Consejo de Estado expedida durante los años 1990 a 2018 en Colombia. Esta investigación es de tipo jurídica, con enfoque cualitativo, cuyo método utilizado fue el análisis documental de fuentes secundarias, específicamente normas jurídicas, artículos de opinión y doctrina nacional y extranjera sobre el tema planteado. Se concluyó que, la falla probada que es el régimen consolidado en la actualidad, por el cual a la parte demandante debe demostrar todos los elementos de la responsabilidad, sin perjuicio de los poderes procesales que le asisten al juez para asignar la prueba de un hecho a la parte contraria cuando se evidencie que se encuentra en mejor situación de acreditación. El trabajo.Resumen: The service doctor does not escape of those in which hurts could be generated to the individuals. Everything opposite, the experience indicates that it is precisely the service publicly of health, one of the services in which there are generated more hurts caused between others, for the mistakes of the bad medical practice and the deficient functionings of the administrative devices that direct the system. Still with it, curiously unlike what happens in other own topics of the state responsibility, the fault in the presentation of these services does not possess a jurisprudential solid line but, I contradict to it, same he has proved to be openly a banker. For it we proposed as general aim, to establish which is the evidential applicable regime to demonstrate the element of the fault or fault of the administration in the events of responsibility of the State for the fault in the service hospitable doctor, and which are his incidents from the jurisprudence of the State council sent during the year 1990 to 2018 in Colombia. This investigation is of type juridical, with qualitative approach, which used method was the documentary analysis of secondary sources, specifically juridical procedure, articles of opinion and national and foreign doctrine about the raised topic. I conclude that, the proven fault that is the regime consolidated at present, for which to the plaintiff it must demonstrate all the elements of the responsibility, without prejudice of the procedural power that they attend the judge about assigning the test of a fact to the opposing party when there am demonstrated that he is in better situation of accreditation. El trabajo.
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EDA-07755 2019 (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible T-07755

Trabajo de grado (Especialista en Derecho Administrativo) -- Corporación Universitaria del Caribe – CECAR. Escuela de Posgrado y Educación Continua. Facultad de Derecho y Ciencias políticas, Especialización en Derecho Administrativo. Sincelejo. 2019.

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Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp No.
11878, Consejero ponente: Alier Eduardo Hernández Enriquez (10 de Febrero de 2000).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp No.
12548, Consejero ponente: María Elena Giraldo Gómez (15 de Junio de 2000).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp No.
15772, Consejero ponente: Ruth Stella Correa Palacio (31 de Agosto de 2006).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, sección tercera, Sentencia Exp No.
16270, Consejero ponente: Myriam Guerrero de Escobar (15 de Octubre de 2008).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp No.
19835, Consejero ponente: Hernan Andrade Rincon (15 de Mayo de 2011).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp No.
40958, Consejero ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa (02 de Mayo de 2018)

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Exp
No.12165, Consejero de Estado: Jesus María Carrillo Ballesteros (11 de Noviembre de
1999).

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección tercera, Sentencia No. 73001-
23-31-000-2006-01328-01, Consejero ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa (18 de
mayo de 2017).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Rad No.
5902, Consejero ponente: Gustavo de Greiff Restrepo (24 de Octubre de 1990).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Rad No.
6754, Consejero ponente: Carlos Betancur Jaramillo (24 de Agosto de 1992).

Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Sentencia Rad No.
6897, Consejero ponente: Daniel Suárez Hernandez (30 de Julio de 1992).

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A,
Sentencia No. 20042, Consejero Ponente: Hernan Andrade Rincón. (07 de marzo de 2012).

Consejo de Estado, Sala plena Contenciosa Administrativa, Sección primera, sentencia No. S-123
, Consejero ponente: Consuelo Sarria Olcos (14 de febrero de 1995).

Consejo de Estado, Sección tercera, Sentencia No. 13168, Consejero ponente: Mauricio Fajardo
Gómez (04 de diciembre de 2006).

Consejo de Estado, Sección tercera, Sentencia Rad No. 6253, Consejero ponente: Carlos Betancur
Jaramillo (13 de Septiembre de 1991).

Consejo de Estado, Sección tercera, Sentencia Rad No. 6255, Consejero ponente: Julio Cesar Uribe
Acosta (26 de Marzo de 1992).

Consejo de Estado, Sección tercera, Sentencia Rad No. 6477, Consejero ponente: Carlos Betancur
Jaramillo (14 de febrero de 1992).

Consejo de Estado, Sección tercera, Sentencia Rad No. 6654, Consejero ponente: Daniel Suárez
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La prestación del servicio médico no escapa de aquellos en los cuáles se puedan generar daños a
los particulares. Todo lo contrario, la experiencia indica que es precisamente la prestación del
servicio público de salud, uno de los servicios en los que se generan más daños ocasionados entre
otros, por los errores de la mala práctica médica y los deficientes funcionamientos de los aparatos
administrativos que dirigen el sistema. Aún con ello, curiosamente a diferencia de lo que sucede
en otros temas propios de la responsabilidad estatal, la falla en la prestación de estos servicios no
cuenta con una línea jurisprudencial sólida, sino que, contrario a ello, la misma se ha mostrado
abiertamente cambiante. Por ello nos propusimos como objetivo general, establecer cuál es el
régimen probatorio aplicable para demostrar el elemento de la falla o culpa de la administración
en los eventos de responsabilidad del Estado por la falla en la prestación del servicio médico
hospitalario, y cuáles son sus incidencias a partir de la jurisprudencia del Consejo de Estado
expedida durante los años 1990 a 2018 en Colombia. Esta investigación es de tipo jurídica, con
enfoque cualitativo, cuyo método utilizado fue el análisis documental de fuentes secundarias,
específicamente normas jurídicas, artículos de opinión y doctrina nacional y extranjera sobre el
tema planteado. Se concluyó que, la falla probada que es el régimen consolidado en la actualidad,
por el cual a la parte demandante debe demostrar todos los elementos de la responsabilidad, sin
perjuicio de los poderes procesales que le asisten al juez para asignar la prueba de un hecho a la
parte contraria cuando se evidencie que se encuentra en mejor situación de acreditación. El trabajo.

The service doctor does not escape of those in which hurts could be generated to the individuals.
Everything opposite, the experience indicates that it is precisely the service publicly of health, one
of the services in which there are generated more hurts caused between others, for the mistakes of
the bad medical practice and the deficient functionings of the administrative devices that direct the
system. Still with it, curiously unlike what happens in other own topics of the state responsibility,
the fault in the presentation of these services does not possess a jurisprudential solid line but, I
contradict to it, same he has proved to be openly a banker. For it we proposed as general aim, to
establish which is the evidential applicable regime to demonstrate the element of the fault or fault
of the administration in the events of responsibility of the State for the fault in the service
hospitable doctor, and which are his incidents from the jurisprudence of the State council sent
during the year 1990 to 2018 in Colombia. This investigation is of type juridical, with qualitative
approach, which used method was the documentary analysis of secondary sources, specifically
juridical procedure, articles of opinion and national and foreign doctrine about the raised topic. I
conclude that, the proven fault that is the regime consolidated at present, for which to the plaintiff
it must demonstrate all the elements of the responsibility, without prejudice of the procedural
power that they attend the judge about assigning the test of a fact to the opposing party when there
am demonstrated that he is in better situation of accreditation.
El trabajo.

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