La responsabilidad del estado por el hecho del legislador, análisis de la sentencia de unificación del consejo de estado / Juan Domingo Escobar Marsiglia y Jessica Paola Rosa Gonzalez ; director, Dairo Díaz Fernández.

Por: Escobar Marsiglia, Juan Domingo [autor]Otros autores: Rosa Gonzalez, Jessica Paola [autor] | Díaz Fernández, Dairo [director]Tipo de material: TextoTextoEditor: Sincelejo : Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2022Descripción: Un CD Rom (1.185 KB) : 27 páginas ; gráficas, tablas ; 12 cmTipo de contenido: texto Tipo de medio: mediado Tipo de portador: disco de computadoraTema(s): Responsabilidad | Estado | Indemnización judicial | Tesis y disertaciones académicasNota de disertación: Trabajo de grado (Especialista en Derecho Administrativo) -- Corporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Administrativo. Sincelejo, 2022. Tema: El estudio del fenómeno de la responsabilidad atribuida al Estado por los hechos del legislador ha sido una labor dispendiosa desarrollada en la Corporaciones de cierre, que, mediante la doctrina y la jurisprudencia, han resuelto diversos problemasjurídicostras la presunta trasgresión de derechos fundamentales, al ser una norma declarada inexequible con posterioridad a su promulgación. Bajo esta circunstancia el Consejo de Estado o su defecto la Corte Constitucional, son quienes tiene la última palabra en el momento de determinar la responsabilidad de la Nación por el hecho del legislador; para mas claridad en el asunto en comento, se tomó la sentencia Consejo de Estado Sala Plena, Sentencia, 25000232600020030020801 (28769), 13/03/2018, con ello tener más precisión de cuando surge la responsabilidad por el hecho del legislador, surgiendo como interrogante ¿Es responsable la Nación-Congreso de la República por los perjuicios causados por la expedición y posterior declaratoria de inexequibilidad de un Ley, sin efectos retroactivos por la Corte Constitucional? El trabajo.
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Trabajo de grado (Especialista en Derecho Administrativo) -- Corporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Administrativo. Sincelejo, 2022.

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El estudio del fenómeno de la responsabilidad atribuida al Estado por los hechos del legislador ha sido una labor dispendiosa desarrollada en la Corporaciones de cierre, que, mediante la doctrina y la jurisprudencia, han resuelto diversos problemasjurídicostras la presunta trasgresión de derechos fundamentales, al ser una norma declarada inexequible con posterioridad a su promulgación. Bajo esta circunstancia el Consejo de Estado o su defecto la Corte Constitucional, son quienes tiene la última palabra en el momento de determinar la responsabilidad de la Nación por el hecho del
legislador; para mas claridad en el asunto en comento, se tomó la sentencia Consejo de Estado Sala Plena, Sentencia, 25000232600020030020801 (28769), 13/03/2018, con ello tener más precisión de cuando surge la responsabilidad por el hecho del legislador, surgiendo como interrogante ¿Es responsable la Nación-Congreso de la República por los perjuicios causados por la expedición y posterior declaratoria de inexequibilidad de un Ley, sin efectos retroactivos por la Corte
Constitucional? El trabajo.

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