TY - BOOK AU - Pound,Roscoe AU - Alarcón Cabrera,Carlos AU - Agurto Gonzáles,Carlos Antonio AU - Quequejana Mamani,Sonia Lidia AU - Choque Cuenca,Benigno TI - Las grandes tendencias del pensamiento jurídico / T2 - Biblioteca de Filosofía del Derecho SN - 9789564072296 U1 - 340.12 22 PY - 2022/// CY - Argentina PB - Ediciones Olejnik KW - Filosofía del derecho KW - Principios del derecho KW - Teoría del derecho N1 - Capítulo 1. Historia y derecho. -- Capítulo 2. La interpretación ética y religiosa. -- Capítulo 3. La interpretación política. -- Capítulo 4. La interpretación etnológica y biológica. -- Capítulo V. La interpretación económica. -- Capítulo 6. La interpretación que considera el derecho como resultado de la obra personal de los grandes juristas. -- Capítulo 7. La interpretación que concibe el derecho como una obra de ingeniería social. N2 - El Derecho debe tener estabilidad y, sin embargo, no puede permanecer inalterable. Por ello, toda meditación en torno al Derecho ha tratado de reconciliar las necesidades contradictorias de estabilidad y transformación. El interés de la sociedad en la seguridad general ha inducido a los hombres a buscar alguna base cierta que permita dar a los actos humanos un valor absoluto, capaz de asegurar un orden social firme y estable. Pero la incesante transformación en las condiciones de la vida social siempre exige nuevas adaptaciones ante la presión de otros intereses sociales y de nuevas causas susceptibles de menoscabar la seguridad establecida. Es necesario, pues, que el orden jurídico sea flexible y, al mismo tiempo, estable. Es preciso someterlo continuamente a revisión y readaptarlo a las alteraciones que experimenta la vida efectiva que ha de regir. Los principios que buscamos han de serlo tanto de evolución como de seguridad. En consecuencia, el problema capital que los pensadores del Derecho han debido afrontar consiste en hallar la manera de poder reconciliar la idea de un cuerpo de Derecho fijo, que no deje margen al capricho individual, con las ideas de transformación, desarrollo y creación de un nuevo Derecho; es decir, hay que intentar unificar la teoría del Derecho con la de su creación y el sistema de la justicia, según Derecho, con la realidad de la administración de justicia por los magistrados ER -