TY - GEN AU - Rodríguez Badel,Katherin Adriana AU - Sáenz Castro,Nelson de Jesús AU - Narváez Mercado,Berónica TI - El derecho a la tutela judicial efectiva frente al auto que imprueba una conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa, en el contexto de la constitución política de 1991: Sincelejo, Sucre, Colombia, año 2017 PY - 2018/// CY - Sincelejo PB - Corporación Universitaria del Caribe - CECAR KW - Apelación KW - armarc KW - Tutela KW - Problema jurídico KW - Tutela judicial efectiva KW - Conciliación extrajudicial KW - Contenciosa administrativa KW - Recurso de apelación e Inapelabilidad N1 - Trabajo de grado; Ardila, V. H. (2015). Instituciones de Derecho Administrativo en el Nuevo Código. Bogotá: Norma. Colombia, C. D. (18 de Enero de 2011).; Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA]. Bogotá, Colombia ; Colombia, C. D. (18 de Enero de 2011). Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA]. Bogotá. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249; Congreso de la República de Colombia. (1998 de Julio de 1998). Ley 446. Bogotá, Colombia. Obtenido de https://www.habitatbogota.gov.co/transparencia/normatividad/normatividad/ley-446- 1998; Consejo de Estado. (26 de febrero de 2014). Sentencia. Bogotá, Colombia; Corte Constitucional. (24 de Abril de 2013). Sentencia C-248. Bogotá, Colombia. Obtenido de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/C-248-13.htm ; Derecho en red. (27 de junio de 2015). De la restitución por entero en el derecho romano. Obtenido de https://www.derechoromano.es/2015/06/restitucion-entero-in-integrum.html; El Espectador. (2012). Derecho Canónico. Iuris, 89-98; El Vaticano. (25 de Enero de 1983). http://www.vatican.va/archive/ESL0020/_INDEX.HTM. Obtenido de http://www.vatican.va/archive/ESL0020/_INDEX.HTM; Gerencie. (24 de octubre de 2017). Recurso Ordinario de apelación en Materia Contenciosa Administrativa. Recuperado el 03 de Marzo de 2018, de https://www.gerencie.com/recurso-ordinario-de-apelacion-en-materia-contenciosaadministrativa.html; Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (10 de Octubre de 2011); López, A. (2015). Revista Europea de Historia de las ideas políticas y de las Instituciones Públicas. Obtenido de Evolución Histórica de la apelación y la segunda instancia Penal hasta la Ley de enjuiciamiento criminal española: http://www.eumed.net/rev/rehipip/09/apelacion.html; Mateo, S. (s.f.). El Amor hacia los Enemigos. Sociedades Bíblicas Unidas; Morales, S. E. (4 de Marzo de 2015). Dr. Saúl Ernesto Morales. Recuperado el 3 de Marzo de 2018, de Marco Jurídico Conceptual e Históricos de los Recursos: https://es.slideshare.net/saulernestomorales1/introduccion-a-los-recursos-tecnologica; Pérez, J. (2015). Evolución de los recursos. Bogotá: Temis; Petite, E. (2007). 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El problema jurídico radica en el criterio de los jueces para darle aplicación a lo dispuesto en el art 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA], cercenado el derecho de las partes y lograr evitar un desgaste en un proceso judicial, ya que la conciliación es requisito de procedibilidad para demandar con el beneficio de hacer efectivos derechos exigidos sin tener que demandar. Identificamos que no existe un mecanismo de tutela judicial efectivo que coadyuve a recurrir una decisión judicial, cuando esta no es favorable a las partes, quedando sin medios procesales para controvertirla, a fin de conseguir la pretensión mediante la conciliación y sin desgastar el aparato jurisdiccional y que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa del Circuito de Sincelejo, Sucre, se ajusta a lo dispuesto en los artículo 243 y 303 del CPACA, reduciendo la capacidad del juez a ser esclavo gramatical de la ley; The present article refers to the legal impossibility for the parties to appeal the order that proves conciliation agreements, since Law 1437 of 2011 specifically provided that decisions are subject to appeal, leaving some of the parties with no option to enforce the right to effective protection, which is headed by a superior, who is responsible for reviewing the decision and resolves the matter in substance, which generates peace of mind and equity in the administration of justice, with respect to those decisions with which they disagree. The legal problem lies in the judges' criteria for applying the provisions of Article 243 of the Code of Administrative Procedure and Contentious Administrative Matters (CPACA), which restricts the rights of the parties and avoids attrition in a judicial process, since conciliation is a procedural requirement to sue with the benefit of enforcing the rights demanded without having to sue. We identify that there is no effective judicial protection mechanism to help appeal a judicial decision, when it is not favorable to the parties, leaving no procedural means to dispute it, in order to achieve the claim through conciliation and without wearing out the jurisdictional apparatus and that the Administrative Contentious Jurisdiction of the Circuit of Sincelejo, Sucre, complies with the provisions of Articles 243 and 303 of the CPACA, reducing the judge's ability to be a grammatical slave of the law ER -