Saneabilidad de la nulidad de pleno derecho frente a la prueba obtenida con violación al debido proceso en el marco del Código General del Proceso Colombiano, años 2018-2023 / Ricardo Junior Ricardo Caldera ; directora, Berónica Narváez Mercado.

Por: Ricardo Caldera, Ricardo Junior [autor]Otros autores: Narváez Mercado, Berónica [directora]Tipo de material: TextoTextoEditor: Sincelejo : Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2023Descripción: 569 KB : 35 páginasTipo de contenido: texto Tipo de medio: computadora Tipo de portador: recurso en línea Tema(s): Nulidad | Debido proceso | Nulidad de pleno derecho | Saneable | Debido proceso | Prueba | Derechos fundamentales | Prohibición legalNota de disertación: Trabajo de grado (Especialista en Derecho Procesal Civil) -- Corporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Procesal Civil. Sincelejo, 2023. Resumen: En el presente trabajo más haya de lograr una definición de la nulidad de pleno derecho, la cual solo ha sido expresada por la Constitución y la ley, sin que haya sido definida por esas disposiciones y Colegiaturas, se hizo alusión al alcance de la expresión “pleno derecho”, diferenciándose de la sanción consagrada en la Constitución y la ley procedimental civil. Esto así, para lograr esa finalidad se definió que es un debido proceso, acto procesal y nulidad. De igual modo, se estableció que la sanción del artículo 29 de la Carta Magna y 14 de la ley 1564 de 2012 recae solo sobre la prueba obtenida con violación al debido proceso. La presente investigación constituye un trabajo de tipo descriptivo, realizado bajo un enfoque cualitativo, empleando fuentes secundarias de información, es decir, es un trabajo realizado teniendo como base fuentes documentales, tales como doctrina, artículos y jurisprudencia de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia, finalmente, se pudo concluir que el constituyente no abordó todas las posibles violaciones al debido proceso, de carácter legal. El trabajo.Resumen: In the present work, there is more to achieve a definition of full nullity, which has only been expressed by the Constitution and the law, without having been defined by those provisions and Collegiatures, allusion was made to the scope of the expression " full right", differentiating from the sanction enshrined in the Constitution and the civil procedural law. This way, to achieve that purpose it was defined that it is a due process, procedural act, nullity. Similarly, it was established that the sanction of article 29 of the Magna Carta and 14 of Law 1564 of 2012 falls only on the evidence obtained in violation of due process. The present investigation constitutes a descriptive work, carried out under a qualitative approach, using secondary sources of information, that is, it is a work carried out based on documentary sources, such as doctrine, articles and jurisprudence of the Constitutional Court, finally, it is could conclude that the constituent did not address all possible violations of due process, of a legal nature. El trabajo.
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Trabajo de grado (Especialista en Derecho Procesal Civil) -- Corporación Universitaria del Caribe. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Especialización en Derecho Procesal Civil. Sincelejo, 2023.

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En el presente trabajo más haya de lograr una definición de la nulidad de pleno derecho, la cual solo ha sido expresada por la Constitución y la ley, sin que haya sido definida por esas disposiciones y Colegiaturas, se hizo alusión al alcance de la expresión “pleno derecho”, diferenciándose de la sanción consagrada en la Constitución y la ley procedimental civil. Esto así, para lograr esa finalidad se definió que es un debido proceso, acto procesal y nulidad. De igual modo, se estableció que la sanción del artículo 29 de la Carta Magna y 14 de la ley 1564 de 2012 recae solo sobre la prueba obtenida con violación al debido proceso. La presente investigación constituye un trabajo de tipo descriptivo, realizado bajo un enfoque cualitativo, empleando fuentes secundarias de información, es decir, es un trabajo realizado teniendo como base fuentes documentales, tales como doctrina, artículos y jurisprudencia de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia, finalmente, se pudo concluir que el constituyente no abordó todas las posibles violaciones al debido proceso, de carácter legal. El trabajo.

In the present work, there is more to achieve a definition of full nullity, which has only been expressed by the Constitution and the law, without having been defined by those provisions and Collegiatures, allusion was made to the scope of the expression " full right", differentiating from the sanction enshrined in the Constitution and the civil procedural law. This way, to achieve that purpose it was defined that it is a due process, procedural act, nullity. Similarly, it was established that the sanction of article 29 of the Magna Carta and 14 of Law 1564 of 2012 falls only on the evidence obtained in violation of due process. The present investigation constitutes a descriptive work, carried out under a qualitative approach, using secondary sources of information, that is, it is a work carried out based on documentary sources, such as doctrine, articles and jurisprudence of the Constitutional Court, finally, it is could conclude that the constituent did not address all possible violations of due process, of a legal nature. El trabajo.

Especialización en Derecho Procesal Civil

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